El próximo martes, 7 de febrero, entrarán en vigor las restricciones a la circulación durante el año 2023 que se establecen en la Resolución INT/183/2023, de 24 de enero, publicada esta semana en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) y que han sido elaboradas por el Servei Català de Trànsit. Se trata de restricciones temporales o permanentes en la circulación de vehículos en determinados itinerarios principalmente de vías interurbanas.

Las restricciones incluidas en la resolución se establecen tanto de forma ordinaria como en días festivos, en períodos de vacaciones y desplazamientos masivos de vehículos o bien en otras circunstancias que puedan afectar a las condiciones de la circulación con el fin de garantizar la movilidad de los usuarios y la fluidez de la red viaria, así como mejorar la seguridad vial de todos los usuarios de las vías.

Las restricciones de este año, que han sido consensuadas con el sector transportista, no presentan modificaciones relevantes respecto a la resolución del pasado año. Se han adecuado las restricciones generales a los vehículos o conjuntos de vehículos que superen los 7.500 kg de MMA o MMC (Anexo B) para el calendario de 2023 con igual número de días con restricciones.

Conviene destacar que en la resolución de este 2023 se especifica que el Servicio Catalán de Tráfico podrá dictar limitaciones a la circulación de vehículos pesados ​​destinadas a mejorar la fluidez y la seguridad vial, unas medidas que ya se han aplicado a camiones durante el 2022 y principalmente han sido:

Obligatoriedad de circular por el carril derecho de la víaProhibición de realizar anticipos yMáximo de velocidad a 80 km/h.Las restricciones de la resolución afectan a vehículos tanto por las características técnicas, por la carga o bien por la tipología de trayecto que realizan y en este sentido la resolución hace referencia a:

Vehículos de transporte de mercancías en general.Vehículos que realizan transportes especiales.Vehículos especiales.Vehículos de transporte de mercancías peligrosas.Restricciones por causas meteorológicas.Restricciones para determinadas víasRestricción por la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos o usos excepcionales de la vía que supongan afectaciones al tráfico ordinario en las vías interurbanas de Cataluña.Restricción por la realización de obras o actuaciones de conservación y mantenimiento que supongan afectaciones a la circulación de vehículos en las vías interurbanas de Cataluña.La información de las restricciones a la circulación durante el año 2023 se podrá visualizar en las próximas semanas en el mapa continuo de tráfico (MCT), en la pestaña restricciones del transportey con diferentes opciones de consulta por fechas específicas y/o por una vía concreta y también se pueden visualizar en elaplicación Tráfico para dispositivos móvilesademás del web del organismo.

Fuente de la información: Las restricciones a la circulación para este 2023 entrarán en vigor el 7 de febrero